Comparativa fiscal persona física vs sociedad en inversión de naves logísticas en España
Comparativa fiscal persona física vs sociedad en inversión de naves logísticas en España

Diferencias fiscales entre persona física y sociedad en inversión logística

Elegir entre invertir a título personal (persona física) o a través de una sociedad mercantil impacta de forma decisiva en la rentabilidad neta de una nave logística. La fiscalidad del alquiler, la deducción del IVA, la amortización, la financiación y el tratamiento de plusvalías, junto con la estructura de salida (venta o sale & leaseback), determinan el rendimiento neto para inversores profesionales, promotores, fondos, SCPI y family offices.

Contexto de mercado: yields, rentas y ocupación

Tras el ajuste de tipos, las yields prime en logística en España se han estabilizado generalmente entre el 5,25% y el 6,00% en 2024–2025, con compresión selectiva en ubicaciones core y producto ESG. Las rentas prime muestran resiliencia: Madrid 6,5–7,5 €/m²/mes, Barcelona 7,5–8,5 €/m²/mes, Valencia 5,0–6,0 €/m²/mes, y Zaragoza 4,75–5,50 €/m²/mes, con disponibilidad entre el 5% y el 8% según submercado y pipeline.

Fuente: CBRE Market Outlook 2024 (https://www.cbre.es)

Fuente: JLL Industrial & Logistics Snapshot (https://www.jll.es)

Fuente: INE – Indicadores económicos (https://www.ine.es)

Marco fiscal comparado: persona física vs sociedad

Tributación de las rentas del alquiler

Impuestos indirectos e implicaciones de IVA

Plusvalías y transmisión

Sale & leaseback: claves fiscales y de estructura

En operaciones de sale & leaseback logístico, el propietario-ocupante vende el activo y firma un contrato de arrendamiento a largo plazo (NNN o con reparto de capex). Fiscalmente:

  1. Venta del activo: puede estar sujeta a IVA con renuncia a la exención (recomendable si el comprador es sujeto pasivo con derecho a deducción) o a ITP si no hay renuncia. El vendedor reconoce la plusvalía en IRPF (19–28%) o IS (25%).
  2. Alquiler posterior: sujeto a IVA 21% (deducible para el arrendatario si realiza actividad sujeta) y retención del 19% sobre la renta sin IVA.
  3. Gastos: honorarios, due diligence técnica (TDD), legal y fiscal deducibles en la parte correspondiente. El capex contractual puede tener tratamiento contable/fiscal diferenciado.
Consejo profesional: documentar la afectación a actividad sujeta a IVA y la renuncia a la exención en segundas entregas permite optimizar el cash flow inicial frente al coste de ITP. Coordine escritura, certificados de uso y prorratas de IVA.

Comparativa resumida

Concepto Persona física Sociedad
Impuesto sobre rentas de alquiler IRPF base general (marginales altos posibles >40%) IS 25% (23% ERD si aplica)
Amortización fiscal 3% aprox. sobre construcción (no suelo) Amortización contable/fiscal; criterios homogéneos
Intereses Deducibles; reglas de compensación de rendimientos Deducibles con límite 30% EBITDA
IVA alquiler Repercute 21% si actúa como empresario Repercute 21%; deduce IVA soportado
Retención en alquiler 19% (sin IVA) si el pagador es empresa/profesional 19% (sin IVA) si el pagador es empresa/profesional
Plusvalía por venta Base ahorro 19–28% + IIVTNU IS 25% + IIVTNU
Distribución de beneficios No aplica Dividendos 19–28% en socio persona física

Ejemplo numérico simplificado

Supongamos nave de 5.000 m² en Madrid a 6,5 €/m²/mes. Renta anual: 390.000 €. Gastos operativos deducibles: 10% (39.000 €). Intereses: 100.000 € (apalancamiento conservador). Amortización (3% sobre construcción, 80% del valor): 156.000 €.

Persona física (IRPF): tributará esa base en la escala general. Con tipos marginales altos, el coste puede situarse en 35.000–43.000 € aprox., según tramo y situación personal.

Sociedad (IS 25%): 95.000 × 25% = 23.750 €. Si no se distribuye dividendo, la rentabilidad se capitaliza con diferimiento. Si se reparte íntegramente, el dividendo tributa en el socio (19–28%).

Consejo profesional: la capacidad de diferir impuestos dentro de la sociedad, junto a la deducción ordenada de amortización e intereses, ofrece una senda de creación de valor interesante para estrategias core-plus y de agregación de activos.

Urbanismo, due diligence y costes transaccionales

Más allá del impuesto, la fiscalidad efectiva se ve influida por elementos urbanísticos que condicionan capex y cronograma:

Costes habituales: IBI, tasa de residuos, seguro, mantenimiento, honorarios y AJD en caso de financiación hipotecaria. Una asesoría logística especializada puede optimizar el diseño contractual y fiscal de la operación.

Vehículos y alternativas de estructuración

Consejo profesional: para operaciones de sale & leaseback con contratos de 12–20 años, alinear covenants de financiación con cláusulas de mantenimiento, capex y reposición minimiza contingencias fiscales y contables (IFRS 16/arrendamientos).

Checklist para decidir la estructura

Recursos útiles

Puede simular el impacto fiscal en operación de sale & leaseback con la Calculadora Sale & Leaseback y solicitar acompañamiento técnico en Logiestate.

Fuente: CBRE Market Outlook 2024 (https://www.cbre.es)

Fuente: JLL Industrial & Logistics Snapshot (https://www.jll.es)

Fuente: INE – Indicadores económicos (https://www.ine.es)

Fuente: Ministerio de Hacienda – AEAT (https://www.agenciatributaria.es)

Última actualización: 21/01/2026